El Gobierno de la Provincia de Buenos Aires cuenta con un protocolo marco para la prevención, intervención y abordaje integral de las violencias laborales en el sector público provincial. 

Este protocolo tiene por objetivo prevenir y erradicar la violencia en el ámbito laboral, como así también establecer líneas de intervención que garanticen un abordaje integral, con el objetivo de promover ámbitos y relaciones laborales libres de violencia y acoso laboral, incluidas las de género, y que resulte aplicable al personal que se desempeña en el ámbito de la administración pública provincial, entes autárquicos y descentralizados, empresas del Estado y con participación mayoritaria estatal.

En ese sentido, el protocolo tipifica la violencia laboral, promueve estrategias de prevención, fija principios rectores para el abordaje de los casos y plantea de manera particular los mecanismos a seguir en casos de violencia laboral por razones de género.

A su vez, la Provincia cuenta con la Ley 15.134 (Ley Micaela Bonaerense) que establece la capacitación obligatoria en la temáticas de género y prevención de las violencias para todas las personas que se desempeñen en la función pública en los tres poderes del Estado provincial; la Ley 14.783 de cupo laboral para personas travestis, transexuales y transgénero; y la Ley 14.893 que establece la licencia para mujeres víctimas de violencia, junto con su Decreto Reglamentario 121/20.

Accedé al protocolo marco: 

https://ministeriodelasmujeres.gba.gob.ar/gestor/uploads/INFORME%20-%20PROTOLOCO%20MARCO%2012.9.pdf

Cuáles son los mecanismos vigentes en el Ministerio

Mediante la Resolución 1184/2025 del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, en diciembre de 2025, se creó el Plan de Prevención y Abordaje por Razones de Género, con la designación de la Dirección Provincial de Género y Diversidad en Infraestructura y Servicios Públicos como autoridad ejecutora. En ese marco, se aprobó también el Protocolo Específico para la Prevención y el Abordaje Integral de las Violencias por Razones de Género del MISP, a cargo de la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal, que establece los circuitos y mecanismos institucionales para el abordaje de las violencias por razones de género. 

Este protocolo se fundamenta en lo dispuesto por el Convenio 190 de la OIT, la Ley Nacional 26.485 y la Ley Provincial 14.893, que reconocen que la violencia por razones de género puede manifestarse también en los ámbitos laborales, y tiene como objetivos:

Promover espacios de trabajo seguros y libres de violencias.

Proteger la vida, los derechos y la integridad bio-psico-social de las y los trabajadores del Ministerio.

Garantizar un abordaje institucional integral, evitando la revictimización de la persona que se encuentra en situación de violencia.

Brindar escucha, orientación y acompañamiento ante situaciones de violencia laboral y/o violencia por razones de género.

Su ámbito de aplicación comprende a las instalaciones, dependencias y/o sedes del Ministerio; durante desplazamientos, viajes, eventos, capacitaciones o actividades sociales vinculadas al trabajo, incluido el alojamiento provisto por el empleador; y en comunicaciones relacionadas con el trabajo, incluidas las realizadas por medios digitales.

Accedé al protocolo específico del MISP: MISP_ Protocolo específico violencias

Equipo Interdisciplinario

A su vez, el Ministerio cuenta con un Equipo Interdisciplinario de abordaje contra las violencias, creado por Resolución 598/2024 y en cumplimiento del Decreto Reglamentario 121/20, que está a cargo de la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal y que busca asistir, asesorar y acompañar a quienes atraviesan situaciones de violencias, brindar un espacio de escucha activa y orientar y acompañar con perspectiva de género y derechos.

Este equipo trabaja desde una perspectiva interdisciplinaria, en donde cada una de sus integrantes aporta una mirada integral desde el ejercicio de su rol en base a su formación y experiencia, con el fin de visibilizar las situaciones de violencia que se producen en las dinámicas laborales y personales, avanzar en la prevención y erradicación de las violencias, y fomentar ambientes de trabajo saludables. Durante el proceso de escucha e intervención, se garantiza la confidencialidad, el trato digno y la no revictimización. 

El Equipo Interdisciplinario brinda acompañamiento a:

Las trabajadoras y los trabajadores que atraviesen o hayan atravesado situaciones de violencia laboral.

Mujeres y personas LGTBIQ+ que estén atravesando violencias por razones de género, tanto en el ámbito laboral como en el ámbito doméstico o familiar.

Personas que hayan presenciado situaciones de violencia en su ámbito de trabajo.

Quiénes pueden solicitar entrevista de asesoramiento, escucha activa o abordaje institucional

Toda persona que haya atravesado o presenciado una situación de violencia puede realizar una solicitud de asesoramiento ante el Equipo Interdisciplinario.

No es necesario encuadrar previamente la situación como conflicto, violencia o discriminación.

No se requiere detallar la situación al momento del primer contacto.

La entrevista se coordina dentro de un plazo máximo de 3 días hábiles, excepto que la persona solicitante requiera otro plazo.

Canales de contacto

📞 Teléfono: 221 358 8297

📧 Correo electrónico: equipodeabordaje@minfra.gba.gob.ar

🕘 Horario: lunes a viernes de 8 a 17 h

Licencias para mujeres víctimas de violencia 

En cumplimiento de la Ley 14.893, las trabajadoras que atraviesen situaciones de violencia por razones de género pueden solicitar una Licencia por Violencia por Razones de Género de hasta 35 días hábiles, con posibilidad de prórroga por otros 35 días hábiles (continuos o alternados).

El otorgamiento es retroactivo a la fecha de solicitud.

No es requisito presentar denuncia o certificación al momento de solicitarla.

Se cuenta con un plazo de 5 días hábiles, prorrogable por 3 días hábiles, para presentar la documentación correspondiente.

La licencia puede solicitarse a través del SIAPE, de la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal, por intermedio de terceros o con acompañamiento del Equipo Interdisciplinario.

Conocé más sobre la Ley de licencias para mujeres víctimas de violencia

https://ministeriodelasmujeres.gba.gob.ar/gestor/uploads/LICENCIAS%20POR%20VIOLENCIA%20DE%20G%C3%89NERO.pdf

Accedé al instructivo para la implementación de la licencia para mujeres víctimas de violencia

https://www.gba.gob.ar/sites/default/files/empleopublico/archivos/CI-2021-05542745-GDEBA-SSEPYGBMJGM.pdf